XI Jornadas de estudio de la Diagonal Hispanohablante de la NRC
Hacia la Jornada
Marta Maside nos ofrece un texto que aborda la gran paradoja en donde queda ubicada la posición del niño actual. Sacado de la exclusión por el discurso de la ilustración, se crean las condiciones para darle un lugar jurídico-social, los derechos del niño. Este nuevo estatuto de niño usado y convertido en un objeto más de consumo, en la era de la evolución y la medida deja su palabra amordazada, bajo control.
Documento nº 4
Los niños y el inconsciente
Lacan definió el inconsciente como una sorpresa, una pulsación que aparece y desaparece sorprendiendo al sujeto. A partir de esta sorpresa puede comenzar el trabajo de invención.
En la era de la medición y la evaluación, esto es el epicentro del choque entre discursos. El psicoanálisis no ha dejado de ser subversivo, y esto lo muestra de manera privilegiada la práctica con niños: ellos son receptivos a las formaciones del inconsciente porque están construyendo sus teorías sobre el goce y la sexualidad. Precisamente por eso la sociedad hipermoderna intenta controlarlos, el inconsciente causa un discurso que confronta, cuestiona y estorba al discurso científico-capitalista, que lo ataca en su misma cuna; la infancia está bajo control… al resguardo de la sorpresa.
Vivimos con las consecuencias clínicas del uso del niño como objeto de goce. Es cierto que antes era usado como objeto de explotación, lo que fraguó la corriente pedagógica de principios del siglo pasado y acabó en la formulación de los derechos del niño. Pero escuchando de Miller el impacto que el psicoanálisis ha tenido en la civilización, me pregunto si la instauración del niño como sujeto de derecho tiene relación con la difusión de la obra de Freud, pues sus orígenes le son contemporáneos (El niño de Vallés, 1881; Children’s Rights de Wiggin,1892, etc), y la primera declaración de sus derechos data de 1924.
Trabajando esta cuestión hallé una referencia en el campo del derecho; J. Zermatten, experto en los derechos de la infancia: “El interés superior del niño toma una función nueva: sirve a establecer, en un programa legislativo, lo que es bueno para el niño y lo que no lo es.
¡El interés superior del niño viene a aclarar la política! ¿No es esto también una revolución?”.
Evocamos aquí el inconsciente es la política de Lacan. Dice también: “El hecho de no dar sistemáticamente la razón al niño es un factor de
equilíbrio: no sería deseable que el interés del niño fuera superior a cualquier otro. Esto fundaría la república de los niños, (…). Una posición tal sería contraria a la finalidad de la protección que se les debe y provocaría irremediablemente la desaparición de sus derechos.
Darle la palabra al niño, y no darle la razón. Las próximas Jornadas pretenden dar cuenta de estos efectos en la práctica, a la vez que testimonian quieran o no de una política particular: la defensa del inconsciente. Y especialmente, en la práctica con niños.
Marta Maside Docampo
(A Coruña)
Bibliografía
“El interés superior del niño. Del análisis literal al alcance filosófico”, Jean Zermatten, 2003.
“El interés superior del niño en el marco de la convención
Internacional sobre los derechos del niño”, Miguel Cillero Bruñol
“El principio del interés superior del niño y la corte interamericana de derechos humanos”, Gonzalo Aguilar Cavallo.
Los textos podéis enviarlos a la lista de la DHH ([email protected])
M. Martín Ramos
moderadora de la lista DHH: [email protected]
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