Como ha señalado Jaques Alain Miller, “cuando el acto criminal produce un gran número de muertes, sale del ámbito del derecho y entra en el de la política”. No cabe mejor definición de la impotencia del Derecho internacional como recurso civilizado creado para regular los conflictos -entre los Estados, pero también dentro de los mismos, en sus múltiples variantes de enfrentamientos civiles-, que este desplazamiento de lo jurídico hacia lo político. La afirmación de Von Clausewitz de que “la guerra es la continuación de la política por otros medios” sigue vigente. Todas las guerras persiguen objetivos políticos: conquistar, retener o incrementar el poder. ¿Cómo distinguir un crimen de guerra en un contexto bélico, cuando la pulsión de muerte se despliega en estado puro, de la criminalidad generalizada que caracteriza a la guerra misma? ¿Y de qué modo se puede favorecer -si es que ello es posible-, la emergencia de la responsabilidad subjetiva en sujetos criminales que alegan que han ejecutado sus acciones obedeciendo órdenes, amparadas a su vez en leyes tenidas como legítimas?
Se comentará el “caso Eichmann”, tomando como referencia el texto de Hannah Arendt: “Eichmann en Jerusalén”.
Próxima reunión: Jueves 26 de marzo
Hora: l9:30
Aula B de la Sede de Madrid de la ELP